Nueva fecha para presentar la solicitud de ayudas al combustible en el transporte

01/02/2023 TRANSPORTE PROFESIONAL

El nuevo paquete de ayudas aprobada por el Gobierno mediante Real Decreto-Ley a finales del pasado mes de diciembre incluye, entre otras medidas dirigidas al transporte por carretera, la bonificación a los combustibles para toda categoría de vehículos de transporte, tanto ligeros como pesados, y con independencia de la energía de propulsión utilizada, al incluir ayudas tanto a los vehículos diésel como los de gas natural.

Las ayudas al combustible se obtendrán de de dos formas distintas en función del tipo de vehículo y/o la energía de propulsión utilizada. En el caso de los titulares de camiones y furgonetas con motor diesel de menos de 7,5 toneladas de MMA (o bien de cualquier tonelaje, pero propulsados por GNC, GNL o GLP) deberán presentar una solicitud de ayuda ante la Agencia Tributaria a partir del 1 de abril muy similar a las presentadas los pasados mes de abril y de agosto, la cual se abonará en un solo pago a partir del mes de mayo.

En el caso de los titulares de camiones y cabezas tractoras con motor diesel de MMA igual o más de 7,5 toneladas, así como autobuses diésel y taxis, deberán estar dados de alta en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional de la Agencia Tributaria, los cuales recibirán la ayuda mes a mes junto al importe correspondiente a la devolución del gasóleo profesional, por cada litro suministrado con tarjetas de carburante profesional o bien en depósitos de consumo propio autorizados para gasóleo profesional.

Qué hay que hacer para recibir el descuento del Gobierno al combustible

Para poder recibir las ayudas, los transportistas acogidos a gasóleo profesional deberán presentar, a partir del 31 de enero una declaración responsable, conforme al modelo que publicará la Agencia Tributaria, en la que el titular declarará que se ha visto afectado por las consecuencias derivadas de la invasión de Ucrania, debiendo indicar cualesquiera otras ayudas que haya recibido en aplicación del Marco Temporal Europeo por la guerra de Ucrania.

Ante la información confusa que algunas delegaciones territoriales de Hacienda están dando a los transportistas sobre cuándo deben realizar dichas declaraciones, no hay establecida ninguna fecha límite para presentarlas, aunque se recomienda que se presenten, como muy tarde, en los 10 primeros días de febrero para poder recibir las primeras ayudas correspondientes al mes de enero, coincidiendo con el pago mensual de la devolución del gasóleo profesional, que se suele realizar a mediados de mes. En todo caso, si se presentara con posterioridad, nunca se perderían las ayudas; tan sólo se produciría es un retraso en su cobro como ha confirmado la propia Agencia Tributaria.

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