La Aduana de Coslada dejará de exigir los documentos de tránsito recibidos en los ADT

09/05/2016 DIARIO DEL PUERTO

La Aduana de Coslada (Madrid) ha confirmado a ATEIA-OLTRA Madrid su decisión de dejar sin efecto la exigencia de los documentos de tránsito recibidos en las instalaciones ADT, cuyo incumplimiento estaba generando la imposición de cuantiosas multas a los distintos operadores, que serán retiradas.

09-05-2016 La Aduana de Coslada dejará de exigir los documentos de tránsito recibidos en los ADT

Según una nota informativa remitida a los socios de ATEIA tras una comunicación recibida por la asociación el pasado viernes, “con relación a la obligación de presentar ante la Aduana de Coslada los documentos de tránsito recibidos en las instalaciones de los ADT, siempre dentro de las 48 horas siguientes a la llegada del medio de transporte, en la mañana de hoy la Administradora de la Aduana de Coslada, Amparo Fernández, ha transmitido que queda sin efecto la indicada exigencia de presentar los documentos de tránsito”, desde la misma fecha de la comunicación es, decir, desde el viernes.

Igualmente, quedan sin efecto “las sanciones impuestas y notificadas” por no presentar dichos documentos. Siempre que las mismas hayan sido recurridas en plazo, “serán admitidas y archivadas”, ha confirmado la Aduana.

Según fuentes de ATEIA Madrid, la no presentación de los citados documentos estaba acarreando la imposición de multas por un importe de 200 euros.

Ante esta tesitura, los responsables de ATEIA-OLTRA Madrid llevaron a cabo diversas gestiones ante la Jefatura de la Dependencia Regional de la Aduana de Madrid, dada la, a su entender, “improcedencia de la referida obligación y la consiguiente sanción”.

Recursos
Una vez comunicada su rectificación por parte de la Aduana de Coslada, quedan por tanto sin efecto los expedientes sancionadores recibidos de la indicada Aduana durante los últimos días por el concepto referido, insistiéndose desde ATEIA Madrid en “la necesidad de proceder a presentar los oportunos recursos dentro del plazo conferido al efecto”.

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