El TSJ de Andalucía declara nulo otra vez el convenio colectivo de Granada

04/11/2019 REVISTA TODOTRANSPORTE

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha declarado de nuevo nulo el convenio colectivo provincial de Granada “por falta de legitimidad de las organizaciones empresariales firmantes”, valoran desde Fenadismer sin ocultar su satisfacción por esta decisión judicial tras recordar que el fallo se produce en favor de la asociación territorial de Fenadismer en Granada “que había sido excluida de nuevo de la negociación del convenio colectivo provincial, pese a que el Tribunal Supremo la considera la asociación empresarial más representativa en detrimento de la asociación provincial de CETM“.

La sentencia del TSJ de Andalucía reitera el contenido de una sentencia anterior del propio TSJ de Andalucía de julio de 2017, confirmada por sentencia del Tribunal Supremo dictada el pasado mes de abril, “en las que se deslegitima el pretendido monopolio que han venido ejerciendo históricamente asociaciones territoriales de CETM en numerosas provincias españolas en la negociación de los convenios colectivos, basándolo en un simple autoreconocimiento de representatividad con las organizaciones sindicales, pese a carecer de representatividad real, y excluyendo asimismo de participar en dicha negociación a las asociaciones territoriales de Fenadismer, pese a su representatividad real”, relatan desde la organización que preside Julio Villaescusa.

“Una vez más la nueva sentencia reitera la doctrina anterior relativa a la destrucción de la presunción de la legitimidad de las partes para negociar un convenio colectivo basada exclusivamente en el reconocimiento recíproco, excluyendo a terceros, sino que tendrán que cuidar de acreditar su representatividad si quieren alcanzar y mantener el carácter estatutario o de eficacia general en el ámbito de aplicación del convenio”, apuntan desde Fenadismer, que al mismo tiempo reitera su objetivo de formar parte de la negociación del Acuerdo General Estatal del sector, “del que históricamente ha sido excluida, a fin de poder defender adecuadamente los intereses de las pequeñas y medianas empresas de transporte por carretera en el ámbito laboral en España, como ya viene desempeñando desde hace muchos años a nivel territorial en varias Comunidades Autónomas”.