10/05/2019 DIARIO DEL PUERTO
Una cuestión de peso en la impugnación de la regulación de la honorabilidad en el ROTT es el convencimiento por parte del CNTC de que se están vulnerando derechos fundamentales. Según José María Quijano, secretario general de la patronal CETM, “creemos que se podría llegar a vulnerar el artículo 24 de la Constitución, puesto que al no permitirse la vía del recurso administrativo para la impugnación de las resoluciones de pérdida de honorabilidad, se limita la defensa de los intereses de los afectados”.

“Esto no supondría un problema tan grave si fuera algo de menor importancia, pero es que, en este caso concreto, nos encontramos con que la pérdida de la honorabilidad supone el cese de cualquier actividad de transporte por no menos que durante 365 días, lo que a las claras supone la muerte de la empresa”, asegura Quijano, quien defiende que “ante el daño que se puede hacer a la empresa, al propietario y a todos los empleados de esta, ya que perderían su trabajo, se deberían haber habilitado todos los cauces posibles para que los individuos puedan defenderse ante actos de la Administración que pueden provocar no solo la quiebra y cierre de la empresa, sino el sumir a una persona en un estado deplorable, económicamente hablando”.
