Las implicaciones de la declaración de avería gruesa del portacontenedores que protagonizó accidente en Baltimore

17/04/2024 MUNDO MARÍTIMO

El portacontenedores “Dalí”; perteneciente al Registro de Buques de Singapur y cuyo armador es Grace Ocean Private Ltd y su operador, Sinergy Marine Group; experimentó un fallo eléctrico mientras navegaba desde Baltimore hacia Colombo Berlanga el 26 de marzo de 2024. Aunque la tripulación alertó rápidamente a las autoridades y logró recuperar brevemente el control, un segundo fallo derivó en la colisión contra el puente Francis Scott Key en Baltimore.

Recientemente el armador optó por declarar avería gruesa. La decisión se puede basar en  diversos factores como la entidad de los daños sufridos por la embarcación y la carga, como por las  implicancias financieras tanto para el armador como para los cargadores involucrados. Esta declaración, podría tener consecuencias significativas en términos de distribución de costos y responsabilidades entre las partes interesadas, plantean los abogados Rafael Durán y  Fernando Olavarría de Legal Export Abogados. 

De acuerdo con los abogados, la avería gruesa tiene como objetivo principal compartir los costos de los sacrificios extraordinarios realizados para salvaguardar una expedición marítima. Esto implica que todas las partes involucradas contribuyan al costo de los sacrificios realizados en beneficio común.

Para comprender mejor la avería gruesa -explican- es esencial conocer las normas nacionales que lo regulan (arts. 1095 y siguientes del Código de Comercio) y, entre otras, referirse a las Reglas de York y Amberes de 2016. “Estas reglas establecen pautas para el transporte marítimo internacional, delineando los derechos y responsabilidades de las compañías navieras y los cargadores en situaciones donde se debe sacrificar carga para proteger la embarcación. Las Reglas de York y Amberes fueron adoptadas por el Comité Marítimo Internacional y ofrecen una guía crucial para el manejo de situaciones de avería gruesa”, indican.

Los abogados detallan además que dichas normas establecen lo siguiente:

Regla A (1): “Existe un acto de avería gruesa cuando, y solamente cuando, se ha efectuado o contraído, intencionalmente y razonablemente, algún sacrificio o gasto extraordinario para la seguridad común, con el objeto de perseverar de un peligro a los bienes comprometidos en una aventura marítima”.

En tanto, la regla C define lo que se permite declarar como avería gruesa.

Para este caso- explican- sólo se admitirán como avería gruesa las pérdidas, daños o gastos que sean consecuencia directa del acto de avería gruesa. En ningún caso se admitirá en avería gruesa las pérdidas, daños o gastos ocasionados por daños al medio ambiente a consecuencia del escape o liberación de sustancias contaminantes de los bienes involucrados en la aventura marítima común.

No se admitirán como avería gruesa las pérdidas o daños sufridos por el buque o la carga por demora, ya sea durante el itinerario o posteriormente, como la sobreestadía, ni ninguna pérdida indirecta, como la pérdida de mercado.

La regla D añade lo siguiente: “Los derechos a la contribución por avería gruesa no se verán afectados, aunque el hecho que haya dado lugar al sacrificio o al gasto se haya debido a la culpa de una de las partes de la aventura marítima común, pero ello no prejuzgará los recursos o excepciones que puedan oponerse a dicha parte o a dicha parte en relación con dicha culpa”.

Mientras que la Regla F agrega que cualquier gasto adicional en que se incurra en lugar de otro gasto que hubiera sido admisible como avería gruesa se considerará como avería gruesa y así se admitirá sin tener en cuenta el ahorro, si lo hubiera, para otros intereses, pero sólo hasta el importe de la avería gruesa evitada.

Consecuencias de la declaración de avería gruesa 

Cabe mencionar que los armadores Grace Ocean Private Ltd. han oficializado la declaración de avería gruesa de su motonave Dalí, designándose al reconocido liquidador de avería gruesa, Richard Hogg Lindley, para recopilar toda la información pertinente y proponer la liquidación correspondiente a cada uno de los interesados e involucrados al momento del incidente, principalmente los propietarios del buque y de la carga.

Esto significa que se requerirá una garantía adecuada de todos los propietarios de la carga antes de que esta les sea entregada.

Por otra parte, explican los abogados, es importante considerar que las Reglas de York y Amberes ofrecen un procedimiento para distribuir los costos relacionados a la declaración de avería gruesa. Este método considera el valor tanto de la carga como del buque, así como la medida del sacrificio hecho para salvar ambos. Así, la distribución de costos permitirá una asignación equitativa entre todas las partes implicadas.

La avería gruesa según la legislación en Chile

La avería gruesa, según describen ambos profesionales, en Chile es regulada en los artículos 1095 y siguientes del Código de Comercio, implica daños o gastos extraordinarios que afectan a la expedición marítima, la nave y la carga. Estos pueden surgir de riesgos propios del mar o causas extraordinarias.

Es importante destacar que estos sacrificios no buscan lucro comercial, sino preservar la expedición, y que sus efectos afectan a todos los actores involucrados en la navegación, distribuyendo los costos entre la nave, la carga y el flete”, sostienen finalmente los abogados Rafael Durán y Fernando Olavarría.

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