Transportes trabaja con el objetivo de que las 44 toneladas entren en vigor el 1 de enero de 2024

04/05/2023 DIARIO DEL PUERTO

Pese al incumplimiento de los plazos establecidos en su día para acordar una hoja de implantación de las 44 t de MMA en el transporte por carretera, el Ministerio de Transportes sigue avanzando en sus negociaciones al respecto con el CNTC.

Según fuentes próximas al proceso a las que ha tenido acceso Diario del Puerto, tras un periodo prolongado sin reuniones en aras a preparar una nueva propuesta, el Ministerio de Transportes retomó a finales de la semana pasada su interlocución directa con el Comité Nacional de Transporte por Carretera (CNTC) para definir el proceso de implantación de las 44 toneladas como masa máxima autorizada (MMA) en el transporte de mercancías por carretera.

De acuerdo con las fuentes consultadas, en el transcurso de la reunión se presentó a las asociaciones integrantes del Comité una nueva propuesta normativa en el marco de la necesaria modificación del Reglamento General de Vehículos. El objetivo, siempre que sea posible desde un punto de vista de plazo de tiempo material, es llevar a cabo los trámites necesarios para que esta modificación del Reglamento General de Vehículos por la vía de un real decreto ley vea la luz antes del próximo 31 de julio.

Se desea que la modificación del Reglamento General de Vehículos se produzca antes del 31 de julio

A partir de aquí, se establecería un periodo transitorio para la entrada en vigor de las 44 toneladas con carácter general.

A este respecto, según las fuentes consultadas, el Ministerio de Transportes trabaja con el objetivo de que las 44 t entren en vigor el 1 de enero de 2024.

De forma particular, el periodo transitorio sería aún mayor para especialidades con condicionantes relevantes, como sería el caso del transporte en cisternas.

Entre las particularidades de la modificación del Reglamento General de Vehículos con respecto a las 44 toneladas está el deseo de Transportes de atender la demanda del Comité Nacional e introducir una cláusula en los contratos para que se identifique y se aplique un incremento en los precios dado el incremento en 4 toneladas de la capacidad de los vehículos.

Para especialidades como el transporte en cisternas se prevé un plazo de entrada en vigor más prolongado

Esta cláusula se establecería por la vía de que se obligue a todas las empresas con contratos en vigor en el momento de la entrada en funcionamiento de la nueva MMA a que se especifique en dichos contratos el precio de transportar 4 toneladas más.

Negociaciones

En los próximos días está previsto que el CNTC traslade al Ministerio de Transportes sus valoraciones y alegaciones a la propuesta presentada la semana pasada, de tal forma que a finales de mayo o principios de junio tenga lugar una nueva reunión para poder avanzar en la concreción negociada del texto definitivo.

Nueva consulta pública hasta mañana 5 de mayo

El trámite de consulta pública previa para la modificación del Reglamento General de Vehículos en relación a las 44 t de MMA y otros cambios sobre pesos y dimensiones en el transporte de mercancías, ya fue cumplido a comienzos de 2023, cuando del 15 de febrero al 2 de marzo se abrió el periodo para que todos los interesados trasladaran sus opiniones al respecto.

No obstante, ante el deseo de aprovechar la reforma del Anexo IX para reformar también los Anexos II y VII por cuestiones relativas a los ciclos de pedaleo asistido y a los neumáticos certificados para el invierno, el Ministerio del Interior ha abierto un nuevo trámite de consulta pública previa que en este caso finaliza mañana 5 de mayo.

Al igual que en el primer trámite, ahora vuelven a someterse a audiencia pública las cuestiones sobre masas y dimensiones relativas al transporte por carretera.

En concreto, a este respecto, tres son los objetivos de la norma.

En primer lugar, “simplificar el uso y autorización de los conjuntos Euromodulares (megacamiones) incluyendo una nueva regulación para los duotráileres”.

En segundo lugar, “ampliar para determinados tipos de transporte la altura máxima permitida a 4,5 metros: transporte de paja, transporte de animales vivos y suministro de proveedores a industrias en distancias inferiores a 50 kilómetros”.

En tercer lugar, se busca “aumentar los ámbitos en los que se pueden utilizar las 44 toneladas para el transporte de mercancías por carretera, mediante el establecimiento de un calendario progresivo de implantación, con la participación del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), de acuerdo con las características del parque de vehículos y las masas técnicas máximas admisibles de sus ejes”.

Se subraya que estas medidas propuestas responden al mandato contenido en la disposición final cuarta del Real Decreto-ley 3/2022, que concedió un plazo de 9 meses desde la entrada en vigor del mismo, que tuvo lugar el 2 de marzo de 2022, para proceder a la modificación del Anexo IX.

Como se puede constatar, ese plazo está ampliamente superado, al haber transcurrido ya 14 meses desde que se aprobó la medida.

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