Vuelve la normalidad al visado de autorizaciones de transporte

10/01/2023 TRANSPORTE PROFESIONAL

En 2020, la pandemia motivada por la Covid afectó de forma importante al desarrollo de la actividad de transporte, tanto en su normal prestación como en el cumplimiento de los diferentes trámites administrativos exigidos para el ejercicio de la actividad.

Una de las obligaciones legales que se vio afectada fue la del cumplimiento de la renovación administrativa de las autorizaciones de transporte, por lo que el Gobierno se vio obligado aprobar por Decreto Ley, en julio de ese año, una ampliación del plazo para poder realizar el visado de las autorizaciones de transporte un año más, lo que, en la práctica, ha supuesto mantener la vigencia de las autorizaciones hasta tres años.

Se recupera la normalidad en la realización del visado de las autorizaciones de transporte de mercancías, que a partir de ahora se hará en los años impares

Conforme al calendario fijado en su día por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el visado debe realizarse en el mes que corresponda en función del último número de identificación fiscal del titular de la autorización de transporte a visar, por lo que, en el mes de enero corresponderá visar a todos los titulares de autorizaciones de transporte de mercancías y operadores de transporte cuya terminación acabe en 1, y así sucesivamente los siguientes meses, excepto en agosto, que se declara inhábil a estos efectos.

Qué pasa en el caso del transporte internacional ligero

Todos aquellos transportistas ligeros que realizan transporte internacional y que debieron solicitar la licencia comunitaria en 2022, como consecuencia de las nuevas exigencias establecidas en el Paquete de Movilidad aprobado por la Unión Europea, hay que recordar que dicha autorización internacional tiene limitada su validez a un año, por lo cual deberán renovarla en el mes en que le corresponda realizar el visado de su autorización de transporte nacional en 2023. En ese momento, la comunidad autónoma comprobará el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para su obtención.

Para ello, deberán acreditar que siguen cumpliendo el requisito de competencia profesional (bien a su nombre, o bien contratando a un gestor) así como los relativos a establecimiento, honorabilidad y capacidad económica que se exigen en la actualidad a los vehículos de mayor tonelaje, aunque, en este último caso, con un importe menor.

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