01/09/2020 REVISTA TRANSPORTE PROFESIONAL
Si bien el pasado 1 de marzo el país centroeuropeo estableció la obligación de efectuar una declaración de desplazamiento de cara a garantizar que los conductores profesionales perciban el salario mínimo interprofesional holandés fijado en 1.653,60 euros mensuales, tal y como sucede con otros países como Alemania, Francia o Italia, no es hasta el 1 de septiembre cuando sus autoridades comenzarán a sancionar a quienes no cumplan con este requisito.
Esta obligación será efectiva para aquellos transportistas autónomos y asalariados que realicen operaciones de transporte internacional y de cabotaje con Holanda, no así para el transporte en tránsito.

Tramitación telemática
Con todo, las empresas que se desplacen temporalmente sus conductores a Holanda, deberán inscribirse en la web de la administración holandesa y proceder a la tramitación telemática on-line de la declaración de desplazamiento de los conductores.
Cada conductor tendrá que cumplimentar la declaración de desplazamiento, acreditando el cumplimiento de las normas laborales y del salario mínimo holandés
A partir de aquí, cada conductor tendrá que cumplimentar la declaración de desplazamiento, acreditando el cumplimiento de las normas laborales y del salario mínimo holandés. Asimismo, se deberá designar a un representante en dicho al que se dirigirán, en su caso, las autoridades de control de holandesas.
Además de esta declaración, que tendrá una vigencia de un año siempre que no varíen las condiciones esenciales del conductor declaradas en el Certificado de Desplazamiento, se tendrá que aportar el Modelo de la A1 de la Seguridad Social y demás documentos acreditativos del cumplimiento del salario mínimo, como puede ser la nómina.

