Ejemplar condena a dos empresarios por realizar ‘dumping social’ en Bélgica

31/01/2020 REVISTA TRANSPORTE AL DÍA

Bélgica vuelve a ser ejemplo de lucha que existe contra el ‘dumping social’ gracias a la condena que han recibido dos empresarios del sector del transporte de mercancías. No obstante, el Tribunal de la ciudad belga de Brujas ha condenado a estas dos personas a penas de un año de cárcel y multas que asciende hasta los 489.000 euros -en conjunto- por violar las leyes laborales de los chóferes de vehículos industriales en el país a través de prácticas de cabotaje ilegal.

El mes de enero de 2020 ha sido especialmente importante en la lucha contra el ‘dumping social’ en Bélgica, toda vez que el Tribunal de Brujas ha encadenado varias condenas contra los gerentes de varias compañías del sector transportes. Las dos resoluciones más destacadas afectan a sendos empresarios que han sido condenados a un año de cárcel y multas de 139.000 y 350.000 euros por elaborar una fachada empresarial con la que utilizar chóferes de Europa del Este en Bélgica sin cumplir con la normativa vigente.

El primer caso de ‘dumping social’ condenado está relacionado con la empresa DV Trans. Con sede en Bratislava, esta compañía eslovaca utilizó casi una treintena de conductores rumanos en países extranjeros sin cumplir con la normativa. Los propios chóferes reconocían en el juicio que trabajaban sólo en Francia y Benelux, sin llegar a pisar nunca Eslovaquia. A raíz de esta práctica, DV Trans fue cerrada, además de recibir una multa de 522.000 euros. Por su parte, el dueño sufrió una sentencia de doce meses de prisión y una multa de 139.000 euros.

La segunda condena afecta a las empresas Avis Trans y Avis MMS, ambas bajo el control del mismo empresario. Según el auto del juez, hasta veintisiete conductores de Rumanía y Moldavía llevaron a cabo labores de transporte en el área del puerto de Zeebrugge sin cumplir con las condiciones básicas de descanso y salario. Finalmente, el dueño de Avis Trans y Avis MMS fue condenado a una pena de doce meses de presión y una multa de 350.000 euros por prácticas de cabotaje ilegal y ‘dumping social’.

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