El pago del impuesto de sociedades por los puertos se compensará con una deducción

18/11/2019 DIARIO DEL PUERTO

En España, las autoridades portuarias han estado hasta ahora exentas del impuesto sobre sociedades en sus principales fuentes de ingresos, como las tasas portuarias o los ingresos procedentes de contratos de arrendamiento o de concesión. En el caso del País Vasco, la exención era completa.

En enero de 2019, la Comisión instó a Italia y España a adaptar su legislación para garantizar que los puertos, a partir del 1 de enero de 2020, pagaran el impuesto sobre sociedades del mismo modo que otras empresas situadas en Italia y España, de conformidad con las normas sobre ayudas estatales de la Unión Europea.

Ahora, tal y como informó el viernes la Comisión Europea y fue publicado en diariodelpuerto.com, España ha aceptado modificar su legislación en materia de impuesto sobre sociedades para ajustarla a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

En particular, las autoridades españolas se han comprometido a someter los puertos españoles, incluidos los situados en el País Vasco, a las normas ordinarias del impuesto sobre sociedades a partir de 2020.

La Comisión ha aceptado oficialmente esas normas mediante una decisión adoptada el viernes lo que ha permitido a la Comisión archivar el procedimiento relativo a España. Puesto que la exención del impuesto sobre sociedades para los puertos ya existía antes de la adhesión de España a la UE, estas medidas se consideran constitutivas de “ayuda existente” y la Comisión no puede pedir a España que recupere las ayudas ya concedidas.

Preservar la competencia
En palabras de la comisaria Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia: “Los puertos son infraestructuras fundamentales para el crecimiento económico y el desarrollo regional. Nuestras normas de competencia recogen y permiten que los Estados miembros puedan invertir en puertos, crear empleo y preservar la competencia”.

“Al mismo tiempo, si los operadores portuarios obtienen beneficios de actividades económicas, deben ser gravados de la misma manera que otras empresas con arreglo a la legislación fiscal nacional ordinaria para evitar distorsiones de la competencia”, ha añadido la comisaria.

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