Un ROTT que tiene como objetivos principales reducir las cargas administrativas y reforzar la profesionalización de las empresas de transporte, una actividad que representa el 2% del PIB de nuestro país

03/06/2019 AEUTRANSMER

Así comenzó la presentación del nuevo Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (ROTT) en la jornada convocada el pasado viernes por la Directora General de Transporte Terrestre, Mercedes Gómez.

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Marta Santamaría, Subdirectora de Ordenación Normativa de la DGTT destacó las medidas adoptadas para incrementar la profesionalización de las empresas, con la figura reforzada del gestor del transporte, que sustituye al antiguo capacitado de la empresa; los nuevos requisitos de establecimiento que acrediten la implantación en España de la empresa; la capacidad financiera, y el requisito de honorabilidad que incumbe tanto a la empresa como al gestor de transporte.

Por su parte, Alicia Rubio, Subdirectora de Inspección destacó que esta versión del ROTT agrava sensiblemente las infracciones tipificadas, en particular las relacionadas con el exceso de peso y la manipulación del tacógrafo, la mayoría de estas últimas consideradas muy graves (tres infracciones muy graves ocasionan la pérdida de la honorabilidad). También recordó Rubio que se introducen algunas infracciones nuevas, como la relativa al descanso en cabina.

Excesos de peso

Las sanciones por exceso de peso quedan de la siguiente manera:

  • Leves: los excesos de entre un 2,5 y un 5% para todos los vehículos (ahora a los de hasta 12 toneladas de MMA se les empieza a sancionar a partir de un exceso de peso del 5%). Sanciones de 301 a 400 euros.
  • Graves: entre el 5 y el 10% para más de 12 toneladas y entre el 5% y el 15% para pesos inferiores. Sanciones de 801 a 1.000 euros.
  • Muy graves: a partir del 10% y del 15%, respectivamente. De 1.001 a 4.000 euros.

Descanso en cabina

El conductor puede realizar en cabina el descanso diario y el descanso semanal reducido pero, el descanso semanal normal de 45 horas queda prohibido por sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En consecuencia se ha introducido esta nueva infracción  tipificada como muy grave. Se trata de una infracción que solo se puede comprobar “in situ” siempre que se hayan superado las 45 h porque de no  haberse alcanzado esta cifra no es sancionable al no existir la seguridad de que se vaya a cometer la infracción (puede ser otro tipo de infracción pero no la relacionada con el descanso semanal completo).

Por último hizo referencia Alicia Rubio al documento de control electrónico, explicando que el ROTT ha incorporado la posibilidad de que el documento de control se realice por medios digitales siempre que se pueda facilitar a la inspección un documento legible pero ¿cómo se inspecciona esto en carretera?.

Cuando el agente de inspección detecta que pudiera existir una infracción relacionada con el documento de control electrónico, se seguirá el siguiente protocolo:

  1. El agente facilitará un código al conductor.
  2. El conductor/empresa remitirá el documento de control en formato pdf (< 4 Mb), junto con el código facilitado por el agente a través del servicio web del Ministerio desarrollado al efecto.
  3. El agente visualizará en su tablet el documento remitido y comprobará el pdf que ha enviado la empresa o el conductor y, si procede, lo validará y archivará junto al boletín de denuncia.

Se prevé que antes del mes de septiembre estén publicadas las características que deben cumplir las plataformas que operen documentos electrónicos de control, a efectos de garantizar la disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad de su contenido.

Ponencias:

  • Alicia Rubio, Subdirectora de Inspección de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento
  • Marta Santamaría, Subdirectora de Ordenación Normativa de la
    Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento