España sancionará el descanso semanal en las cabinas a partir de julio

25/01/2018 EL VIGÍA

El ministerio de Fomento aprovechará la reforma del Reglamento de desarrollo de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT), que en la actualidad se tramita, para incluir la prohibición de que los transportistas realicen el descanso semanal en las cabinas de los camiones.

Según la información ofrecida por Fenadismer, la medida entraría en vigor el 1 de julio, una vez entre en vigor el nuevo ROTT, y se introducirá como una infracción en la ley sobre incumplimiento de los descansos obligatorios, “cuya graduación en la gravedad de la infracción se calculará en función del tiempo de descanso inadecuadamente tomado en la cabina del camión”, detalla la federación.

La decisión de Fomento responde a la interpretación sobre tiempos de conducción y descanso realizada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia del pasado 20 de diciembre, en la que establecía que sólo los periodos de descanso diarios y los periodos de descanso semanales reducidos pueden ser tomados por el transportista a bordo del camión. El Tribunal Europeo obligaba a los Estados miembros a “establecer las sanciones aplicables a las infracciones de dicho reglamento y de tomar todas las medidas necesarias para garantizar la aplicación de las sanciones que establezcan”.

La organización que preside Julio Villaescusa matiza que la medida “sólo afectará a los descansos semanales normales, esto es, a los descansos superiores a 45 horas que los transportistas deben tomar obligatoriamente cada dos semanas, por lo que en la práctica los principales destinatarios de la misma serán los transportistas procedentes de otros países que pretendan realizar dicho descanso semanal en España a bordo del vehículo”.

En este sentido, desde la federación recuerdan “que otros países europeos ya implantaron en su día dicha prohibición, con el objetivo, compartido por Fenadismer, de luchar contra la competencia desleal que ejercen en dichos países las empresas de transporte deslocalizadas en terceros países, principalmente en países del Este de Europa, las cuales contratan en condiciones precarias a ‘conductores nómadas’, que trabajan y viven de modo permanente en el camión, pasando largos períodos del año fuera de sus países de residencia”.

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