La Comisión Europea rebajará el cabotaje en las carreteras de siete a tres días

23/05/2017 EL VIGÍA

El nuevo paquete de la carretera que la Comisión Europea hará público el próximo 31 de mayo incluye una sensible limitación al transporte de cabotaje y medidas concretas contra las empresas buzón, tras las presiones ejercidas por un grupo de países encabezados por Francia y Alemania. Según la Unión Europea de Transportistas por Carretera (UETR), de la que forma parte Fenadismer, el periodo máximo de días en que se podrá realizar transporte interior por las empresas en otro país de la UE “será reducido de los siete días actuales a un período de días inferior, en torno a tres días”.

Además, en el paquete legislativo de la comisaria Bulc se incorporan medidas concretas contra las empresas deslocalizadas (las denominadas empresas buzón), como que los Estados miembros estarán obligados a controlar que las empresas transportistas establecidas en su país “realicen una actividad real y con carácter principal en dicho país”, y se obligará a los Estados miembro tanto de acogida como de establecimiento a cooperar entre sí “facilitando todo tipo de información en un plazo máximo de obligado cumplimiento, a fin de permitir un mejor control” de las empresas deslocalizadas.

Respecto al salario mínimo impuesto en algunos países europeos a los transportistas extranjeros, la Comisión dispone que no serán de aplicación cuando el conductor se desplace un máximo de días al mes, en torno a los cinco días.

Sobre los tiempos de descanso, cuando el conductor deba tomar el descanso semanal normal (no reducido) fuera de su domicilio no podrá realizarlos a bordo del vehículo, así como todo conductor que realice transporte internacional deberá obligatoriamente retornar a su domicilio al menos una vez al mes para realizar el descanso semanal.

Finalmente, y siempre según la UETR y Fenadismer, se regulará el transporte ligero, de tal manera que los titulares de los vehículos de transporte de menos de 3’5 toneladas de masa máxima autorizada estarán sujetos a idénticos requisitos de acceso a la profesión y a la actividad que los titulares de vehículos pesados (competencia profesional, capacidad económica, honorabilidad, establecimiento y limitación de cabotaje).

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