16/09/2025 TRANSPORTE XXI
El Tribunal Supremo confirma en sentencia firme que la pública cometió una infracción por reparto de mercados o cartel, por lo que ratifica la sanción de 50 millones de euros.

El Tribunal Supremo ha confirmado en sentencia firme la infracción de Renfe por reparto de mercados o cartel, por lo que deberá hacer frente a una sanción de 50 millones de euros. Una vez ratificada la infracción, “la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP) va a reclamar los daños derivados de la condena firme a Renfe”, según ha avanzado a Transporte XXI el presidente de la patronal, Juan Diego Pedrero.
En virtud de la denuncia formulada por AEFP, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) emitió en su día una resolución que impuso a Renfe dos sanciones millonarias. Esta resolución fue ratificada posteriormente por la Audiencia Nacional y ha sido confirmada ahora por una reciente sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso este periódico.
Por un lado, se estableció una sanción de multa por importe de 49,96 millones de euros por la comisión de una infracción única y continuada de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), por acuerdos restrictivos de la competencia. En este caso, también se sancionó a Transfesa y otras empresas del grupo DB. El Tribunal Supremo ha ratificado ahora la decisión de la Audiencia Nacional.
Por otra parte, la Audiencia Nacional rubricó también la decisión de la CNMC de sancionar con una multa a Renfe Operadora y Renfe Mercancías por importe de 15,12 millones de euros por la comisión de una infracción única y continuada de los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE, por abuso de posición dominante en el mercado de servicios de tracción ferroviaria para el transporte de mercancías en España durante el periodo que va de 2008 a 2014.
En este segundo caso, la sentencia del Supremo establece la devolución de los autos a la Audiencia Nacional para que realice el análisis de esta posición de dominio y dicte nueva sentencia. En la práctica, el Supremo señala que “las remisiones genéricas a las otras dos sentencias, la de Transfesa y la de Derechos Fundamentales, también ganadas por la AEFP, no sirven” apuntan desde la patronal de las empresas ferroviarias privadas, si bien “es un mero trámite” en el contexto de una infracción que está sancionada con 15 millones de euros.
Recursos
Renfe interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de la CNMC, que finalizó con una sentencia de la Audiencia Nacional en la que se desestimó este recurso. El fallo de la Audiencia Nacional mantenía la misma línea que el publicado con anterioridad por el que se ratificaba la sanción impuesta por la CNMC por importe de 10,51 millones de euros a Transfesa y un grupo de empresas del ferrocarril público alemán DB en el marco de la misma actuación. En este caso, las sancionadas lo fueron por vulneración del artículo 1 de la LDC, al haberse probado que alcanzaron acuerdos colusorios con el operador ferroviario público español.
Posteriormente, la pública presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo que se ha resuelto de esta forma. Ahora, la AEFP tiene previsto acudir a los tribunales de lo mercantil para interponer una reclamación por daños y perjuicios contra la pública, para que sus competidores puedan resarcirse y reclamar los daños que han sufrido por las prácticas de Renfe. A falta de una estimación concreta, la reclamación puede avanzarse que será millonaria, puesto que “las empresas ferroviarias hemos tenido que hacer frente a ocho años de acuerdos preferenciales entre Renfe y la DB que nos han perjudicado claramente”, reconocía en su día el presidente de AEFP, Juan Diego Pedrero.
Cronología
Febrero de 2017. En virtud de la denuncia formulada por AEFP, la CNMC, previa realización de una información reservada y la instrucción del correspondiente expediente, resuelve imponer una sanción 49,9 millones de euros a Renfe por vulnerar el artículo 1 de la LDC y el 101 del TFUE. También sanciona a la pública con 15,1 millones por la infracción continuada de los artículos 2 de la LDC y 102 del TFUE.
Octubre de 2021. La Audiencia Nacional dicta sentencia corroborando plenamente ambas sanciones interpuestas por la CNMC al operador ferroviario público.
Julio de 2025. El Tribunal Supremo ratifica en sentencia firme la sanción de 49,9 millones de euros a Renfe por acuerdos restrictivos de la competencia, a la par que establece la devolución de los autos a la Audiencia Nacional para que realice el análisis de la vulneración por abuso de posición dominante en el mercado de servicios de tracción ferroviaria para el transporte de mercancías en España durante el periodo 2008-2014.
La CNMC mantiene el foco sobre Renfe
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha ampliado el expediente sancionador iniciado en 2024 por restricción de la competencia en una licitación en la que está involucrada Renfe Mercancías.
El organismo de competencia pone el foco en una licitación de servicios de tracción convocada a principios de 2022 por parte de Pecovasa, en la que Renfe Mercancías resultó adjudicataria. El expediente se inició a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP) y dio paso a una información reservada e inspecciones por parte de Competencia.
Una vez realizadas las correspondientes actuaciones, la CNMC puso en marcha el expediente sancionador contra Renfe Operadora, Renfe Mercancías y Pecovasa, al haber “encontrado indicios razonables de que Renfe Operadora, Renfe Mercancías y Pecovasa podrían haber infringido el artículo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia y el 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea”.
El expediente sancionador incluye ahora a dos directivos, uno de Pecovasa y otro de Renfe Mercancías, según ha informado la CNMC, que recuerda que esta ampliación no prejuzga el resultado de la investigación. Se mantiene el período de 18 meses, desde la fecha de la incoación inicial, para la instrucción y resolución del expediente.

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