13/02/2025 CdS
El sistema ICS2 se aplicará a las importaciones por carretera en la Unión Europea a partir del 1 de abril, incluyendo también a operadores postales y de servicios urgentes, así como a otros proveedores logísticos.

La Agencia Tributaria ha recordado esta semana que el Sistema de Control de Importaciones 2, ICS2, de la Unión Europea empezará a aplicarse también en el modo carretera el próximo 1 de abril.
A partir del esa, los transportistas por carretera deberán facilitar datos sobre las mercancías enviadas a la Unión Europea o a través de ella antes de su llegada, a través de una ENS completa.
Esta obligación también afecta a los operadores postales y de servicios urgentes que transportan mercancías utilizando estos modos de transporte, así como a otras partes, como los proveedores logísticos. De esta manera, quedarán cubiertos todos los modos de transporte que se utilizan para introducir mercancías en el territorio de la Unión.
De igual modo, en determinadas circunstancias, los destinatarios finales establecidos en la Unión también tendrán que presentar los datos de la ENS al ICS2.
El sistema ICS2 tiene como objetivo mejorar la seguridad de las mercancías que ingresan a la Unión Europea mediante la introducción de un proceso aduanero estandarizado previo a la llegada para todos los modos de transporte, incluidos el de carretera, además de los requisitos aéreos, marítimos y de vías navegables interiores existentes.
Consecuentemente, al exigir la presentación de datos exactos y completos de la declaración sumaria de entrada antes de la llegada, el ICS2 permite a las autoridades aduaneras evaluar mejor los riesgos asociados a las mercancías entrantes, mejorando así la capacidad de la UE para prevenir y combatir las infracciones aduaneras y, en última instancia, garantizando un entorno comercial más seguro.
Los operadores económicos que no estén preparados para esta fecha deben ponerse en contacto con el servicio nacional del Estado miembro de la Unión en el que se hayan registrado y obtenido su número EORI, para solicitar una ventana de despliegue a más tardar el 1 de marzo de 2025. Las ventanas se conceden solo bajo petición.
Para cumplir con los requisitos de ICS2, las empresas afectadas deberán asegurarse de recopilar datos precisos y completos de sus clientes, actualizar sus sistemas de IT y procesos operativos, y proporcionar una capacitación adecuada a su personal. Los operadores económicos también tendrán que completar con éxito una prueba de autoconformidad antes de conectarse a ICS2, para verificar su capacidad de acceder e intercambiar mensajes con las autoridades aduaneras. Las mercancías podrían detenerse en las fronteras de la UE y no ser despachadas por las autoridades aduaneras si los comerciantes no cumplen los requisitos del ICS2 a tiempo.
El ICS2 se ha elaborado en estrecha colaboración entre la Comisión Europea, las autoridades aduaneras de los Estados miembros y las empresas. A partir del 1 de septiembre, el ICS1 se eliminará gradualmente y el ICS2 sustituirá completamente al ICS1 por un proceso de negocio completamente nuevo de conformidad con el Código Aduanero de la Unión.

Be the first to comment