14/11/2025 EL MERCANTIL
Los Estados quieren retrasar a 2028 el sistema de comercio de emisiones del transporte por carretera y la industria no cubierta por el ETS actual

El pleno del Parlamento Europeo ha apoyado la propuesta de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) de retrasar un año, de 2027 a 2028, la introducción del sistema de comercio de derechos de emisión ETS2 del grupo comunitario, que cubrirá las emisiones de CO2 procedentes del uso de combustibles en edificios, el transporte por carretera y otros sectores, principalmente la pequeña industria no cubierta por el ETS actual. Los europarlamentarios también quieren que las eliminaciones permanentes de carbono estatales puedan utilizarse para compensar las emisiones difíciles de reducir dentro de ese sistema de comercio de emisiones de la UE, así como una mayor flexibilidad entre sectores e instrumentos para alcanzar los objetivos de la manera lo más eficiente posible en términos de costes.
El ETS2, independiente del sistema actual, controlará las emisiones desde el inicio de la cadena de suministro
Como parte de las revisiones de 2023 de la directiva ETS, se creó un nuevo sistema de comercio de emisiones denominado ETS2, independiente del actual sistema de comercio de derechos de emisión, ya en vigor. Hasta ahora, Bruselas planeaba tenerlo plenamente operativo en un plazo de dos años. Si bien sería un sistema de límites máximos y comercio de derechos de emisión como el sistema actual, la diferencia es que el nuevo sistema controlará las emisiones desde la fase inicial de la cadena de suministro. “Serán los proveedores de combustible, y no los consumidores finales como hogares o usuarios de automóviles, quienes deberán controlar e informar sobre sus emisiones“, recoge el borrador de la propuesta. “Estas entidades estarán reguladas por el ETS2, lo que significa que deberán entregar suficientes derechos de emisión para cubrir sus emisiones”.
Las entidades reguladas comprarán estos derechos en subastas y los Estados miembros deberán destinar los ingresos del ETS2 a la acción climática y a medidas sociales, e informar sobre el uso de estos fondos. El límite máximo del ETS2 se establecerá para reducir las emisiones en el 42 % para 2030 con respecto a los niveles de 2005. Cada año, las entidades reguladas deberán presentar un informe de emisiones antes del 30 de abril, correspondiente al año anterior. A partir de 2026, los datos de cada año deberán ser verificados por un organismo de verificación acreditado. Y según el calendario inicial, a partir de 2028, una vez notificadas las emisiones anuales verificadas, las entidades reguladas deberán entregar el número equivalente de derechos de emisión antes del 31 de mayo de ese año. Queda por ver si estos plazos y los requisitos asociados sufren de revisiones o modificaciones tras el pronunciamiento de los eurodiputados.
90%
El Parlamento Europeo ha votado a favor de reducir las emisiones contaminantes el 90% en 2040
Por otro lado, el Europarlamento también se ha manifestado a favor de reducir las emisiones contaminantes el 90% en 2040, comparado con 1990, para avanzar hacia la neutralidad climática de la UE en 2050. El pleno ha tomado posición sobre la propuesta de la Comisión que modifica la Ley del Clima de la UE y que establece nuevos objetivos climáticos intermedios vinculantes para 2040, pero los eurodiputados consideran que la transición ecológica y la mejora de la competitividad en la UE van de la mano, y están, por tanto, de acuerdo con la propuesta del Ejecutivo comunitario para introducir flexibilidad en el cumplimiento de los objetivos climáticos. Desde 2036, hasta cinco puntos porcentuales de la reducción neta de las emisiones podrían obtenerse mediante créditos de carbono internacionales de alta calidad, procedentes de países socios, para lo que el Parlamento Europeo pide garantías sólidas. La Comisión Europea había propuesto un máximo de tres puntos porcentuales.
Igualmente, el Europarlamento quiere que Bruselas evalúe el progreso hacia los objetivos intermedios cada dos años, teniendo en cuenta los datos científicos recientes, los avances tecnológicos y la competitividad internacional de la UE. Entre otros aspectos, la revisión evaluará el estado de las eliminaciones netas a nivel comunitario en comparación con lo necesario para alcanzar el objetivo de 2040, así como las dificultades que vayan surgiendo y el potencial para mejorar la competitividad industrial de la UE. También deberá tener en cuenta las tendencias de los precios de la energía y sus repercusiones tanto para las empresas como para los hogares. Tras las conclusiones de la revisión, la Comisión Europea propondrá, si procede, una enmienda a la ley climática de la UE. Esto podría implicar modificar el objetivo de 2040 o adoptar medidas adicionales para reforzar el marco de apoyo para proteger la competitividad en la UE.

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