19/09/2023 RUTA DEL TRANSPORTE
La DGT rectifica y permite reparar en carretera los vehículos pesados averiados o accidentados sin necesidad de llevarlos obligatoriamente al taller. En 2021, el Gobierno aprobó la norma en la que regulaba por primera vez las condiciones de prestación del servicio del sector de auxilio en vías públicas. Dicha ley recogía la obligación de que cualquier vehículos averiados o accidentados en carretera fuera remolcado a un taller, sin prever ninguna regulación específica para los vehículos de transporte pesados.
Ahora sí que permite la reparación en carretera para los vehículos de más de 7,5 toneladas, después de las quejas de organizaciones de transportistas y concesionarios de vehículos industriales. Asociaciones como Fenadismer argumentaban que esto representaba «un sobrecoste económico absolutamente irracional», ya que su aplicación literal en la práctica impedía la actuación de los vehículos taller.
Por eso, las patronales que congrega el Comité Nacional de Transporte por Carretera solicitaron la rectificación de esta regulación. Ahora, según ha podido saber Fenadismer, la DGT ha emitido una instrucción a los agentes de tráfico estableciendo una excepción a la regla general del remolcado obligatorio del vehículo averiado o accidentado en carretera en el caso de los vehículos pesados con Masa Máxima Autorizada superior a 7,5 toneladas, «los cuales podrán ser reparados in situ permitiendo el trabajo de los vehículos taller que generalmente poseen las marcas o concesionarios, cuyos operaros deberán adoptar las medidas necesarias para la realización de la operación con las máximas garantías de prevención, seguridad y visibilidad y asimismo deberán llevar una vestimenta que garantice su máxima visibilidad posible».