El Consejo Europeo aprueba prorrogar 10 meses la vigencia de carnés y licencias de transporte

04/02/2021 REVISTA DIARIO DEL TRANSPORTE

Hoy, los integrantes del Consejo Europeo de los estados miembros acordaron un mandato de negociación para renovar medidas temporales para ayudar a los operadores de transporte y ciudadanos que no pueden cumplir con ciertos requisitos administrativos debido a las medidas COVID-19 tomadas en los estados miembros.

La propuesta amplía la posibilidad de prolongar temporalmente la validez de certificados, licencias y autorizaciones específicas en los ámbitos del transporte por carretera, ferrocarril y vías navegables interiores, así como en la seguridad marítima. Esto se aplica, por ejemplo, a los permisos de conducción, las pruebas de aptitud para la circulación de vehículos de motor y los certificados de capitán de barco.

Se deriva de normas similares adoptadas en mayo de 2020.

«Mientras persiste la crisis del COVID-19, la UE está haciendo lo necesario para proporcionar seguridad jurídica en el sector del transporte y evitar posibles trastornos del mercado. Y no solo los profesionales del transporte están preocupados: a los conductores individuales les puede resultar imposible renovar sus permisos de conducir debido a las restricciones de COVID. La presidencia portuguesa está trabajando con el Parlamento Europeo para concluir rápidamente estas normas actualizadas»Afirmó Pedro Nuno Santos, ministro portugués de Infraestructura y Vivienda, presidente del Consejo

La posición del Consejo permite prorrogar diez meses la validez de los certificados, licencias y autorizaciones con fechas de caducidad comprendidas entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021 .

En el caso de los certificados de formación profesional y permisos de conducción cubiertos por la normativa de mayo de 2020, su validez podrá ampliarse otros seis meses, o en determinados casos hasta el 1 de julio de 2021, para hacer frente a un retraso administrativo de certificados y licencias caducados.

Si las renovaciones siguen siendo impracticables más allá del plazo establecido en el reglamento, los Estados miembros interesados ​​pueden solicitar a la Comisión que autorice una nueva prórroga. Tal solicitud debe estar debidamente justificada, y la decisión de otorgar la extensión requiere una evaluación de que dicha extensión no aumentará los riesgos para la seguridad del transporte de manera desproporcionada.

Los Estados miembros que no necesitan las extensiones establecidas en el reglamento no necesitan aplicarlas. Sin embargo, para garantizar el buen funcionamiento del mercado único y la continuación de la actividad transfronteriza, aquellos Estados miembros que opten por no cumplir con determinadas disposiciones deberán aceptar los certificados, licencias y autorizaciones cuya validez se haya ampliado en otros Estados miembros.

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