Huelga en el puerto de Bilbao: Se rebaja algo la tensión a falta de los arbitrajes

21/10/2020 REVISTA PUERTOS Y NAVIERAS

La tensión en el puerto de Bilbao subió se tensó y acabó bajando tras la asamblea de estibadores de las 20 horas al decidir pedir estos, también el arbitraje del servicio de conciliación vasco Preco. Esto llegó tras desmentir Bilboestiba que despidiese a los 100 trabajadores eventuales, o mejor que dejase de contar la ETT con ellos, con la posible intención de contratar a personal distinto. El comunicado de Bilboestiba suavizó el ambiente y abrió el camino para el gesto sindical. Aunque la huelga sigue con los paros de 24 horas, y la amenaza de que el 26 empieza otro periodo de dos semanas de huelgas parciales. Bilboestiba, la patronal se explicó que lo hizo porque esos trabajadores incumplieron los servicios mínimos.

La irritación de los estibadores también se dirigió contra Ricardo Barkala el presidente del puerto por retirar la acreditación de estibador a los 100 eventuales. Bilboestiba alegó que se hizo por motivos de seguridad para evitar disturbios.

Por otro lado el nuevo aplazamiento de la vista en la Audiencia Nacional por la denuncia de Asoport de la subrogación obligatoria, hasta el día 28 de noviembre, cuando dispondrá del dictamen de la CNMC sobre el particular, freno las expectativas por ambas partes, y obliga aún más a los arbitrajes para evitar la paralización total del puerto.

Bilboestiba comunicó que solo ha decidido dejar de contratar a personal de una ETT que incumplió los servicios mínimos el pasado fin de semana. Bilboestiba ha emitido el siguiente comunicado.

«Bilboestiba, la Sociedad de Estiba y Desestiba del Puerto de Bilbao CPE, desmiente rotundamente la información difundida hoy por los sindicatos sobre el supuesto despido de un centenar trabajadores eventuales. Lo que realmente ha sucedido es que trabajadores de este colectivo perteneciente a Randstad fueron contratados el pasado fin de semana e incumplieron los servicios mínimos.

Ante tal circunstancia y en función del riesgo que ello supuso para el cumplimiento de los citados servicios mínimos, las empresas consideran que no pueden contar con ellos hasta que se clarifique la situación.

Cabe suponer que la prohibición de acceder al puerto que se les ha impuesto podría obedecer a los disturbios que han protagonizado y a las amenazas que han lanzado contra otros trabajadores».

EL PRECO

Un servicio para solucionar conflictos laborales

El Preco es un servicio público, gratuito y voluntario del Consejo de Relaciones Laborales para solucionar los conflictos colectivos de trabajo en la Comunidad Autónoma del País Vasco, fruto del acuerdo entre los agentes sociales. En él se ofrecen tres tipos de procedimiento:

– Conciliación (las propias partes intentan la solución con la ayuda del conciliador o conciliadora que ellas mismas han designado).
– Mediación (el mediador o mediadora realiza por escrito una propuesta de solución que las partes pueden aceptar o rechazar).
– Arbitraje (las partes se someten al criterio de un árbitro o árbitra designado por ellas que emite un laudo vinculante).

En qué situaciones se puede utilizar

El servicio Preco y sus procedimientos se pueden utilizar en los siguientes casos:

– En los conflictos colectivos de toda clase, tanto en empresas del sector privado como del público.
– En los desacuerdos en períodos de consultas (modificación de condiciones de trabajo, movilidad geográfica, regulación de empleo, etc.).
– En los procesos de acreditación de la afiliación sindical.
– En otros conflictos, incluso individuales, cuando así lo dispone el convenio colectivo correspondiente.

Cómo se desarrolla el procedimiento

– Se presenta un formulario normalizado de solicitud en cualquiera de las sedes del Consejo de Relaciones Laborales. Este formulario se puede conseguir también en esta misma web.
– Se realiza un encuentro inicial coordinado por el responsable del servicio en el que las partes podrían llegar a un acuerdo.
– Si no se consigue el acuerdo en el encuentro inicial, las partes pueden designar de común acuerdo a quien va a intervenir en el procedimiento que elijan (conciliación, mediación o arbitraje).
– Los acuerdos en procedimientos de conciliación, las propuestas de mediación aceptadas y los laudos arbitrales tienen los mismos efectos de un convenio colectivo.

En los conflictos de interpretación de un convenio hay un requisito previo que consiste en que el conflicto debe ser sometido primero a la comisión paritaria del convenio.Si en estos procedimientos no se llega a ningún acuerdo, las partes pueden acudir a la vía judicial. En la Comunidad Autónoma del País Vasco el Preco es la única vía para cumplir en el caso de conflictos colectivos la exigencia legal de conciliación previa a la vía judicial.
Profesionales que actúan en los procedimientos

BIZKAIA

Conciliación-mediación

Alcorta Calleja, Rafael
Ausín Guadilla, Marcelo
Bicarregui Garay, Javier
Bustamante García, Itxaso
Córdoba Ayarza, Alejandro
Elortegui Bengoechea, Izaskun
Llona Fernández, Nahia
López Carrascal, Jesús
Méndez García, Ana
Olarte Gómez, Juan Carlos
Toña Guenaga, Ángel
Varas Santamarina, José Ignacio

Arbitraje

González Prieto, Victor Juan
Orbea López, Jesús Ignacio
Salinero Feijoo, José Manuel

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