Vuelve la obligatoriedad de cumplimiento de los tiempos de descanso en el transporte de animales

04/06/2020 AEUTRANSMER

En un periodo del estado de alarma en que resultaba difícil a los transportistas encontrar lugares para realizar las paradas establecidas en la normativa veterinaria, se eliminó la obligatoriedad del cumplimiento de los tiempos de descanso de la normativa sobre protección de los animales durante su transporte. La evolución favorable de la situación de la crisis sanitaria en nuestro país ha dado lugar a la publicación de diversas normas para la transición hacia una nueva normalidad, lo que facilita la actividad de los transportistas y, por ello, se deroga la excepción establecida.

No obstante, todo lo relativo a la vigencia de las autorizaciones establecidas en la normativa veterinaria sobre transporte de animales, incluido en el artículo uno de la Orden TMA/279/2020, de 24 de marzo, continúa siendo de aplicación en los términos previstos en la misma, dado que aún no se han restablecido con normalidad todos los servicios administrativos relacionados.

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