A las empresas ubicadas en el Puerto les retrasará dos meses la facturación de las liquidaciones semestrales de las tasas de ocupación y de actividad, y un mes las liquidaciones mensuales de las tasas de ocupación y de actividad, extremando los plazos máximos dentro del límite legal permitido. Por otro lado, a aquellos casos en los que se demuestren posibles incumplimientos de la actividad mínima comprometida en los títulos concesionales atribuibles a la crisis del Covid-19, no se les aplicará penalizaciones en 2020 u otras consecuencias previstas en los mismos.
Paralelamente, ha remitido a Puertos del Estado, para su estudio e implementación, una serie de propuestas complementarias, consistentes en descuentos en tasas, aplazamientos y otras medidas tributarias, dirigidas a mejorar la posición de las empresas portuarias y que requerirían introducir cambios legales.
Adicionalmente, en apoyo a los proveedores, se adelantará el pago de las facturas al mismo día de su aprobación, sin esperar al vencimiento del plazo de 30 días.