La Audiencia Nacional relega al Tribunal Supremo el requisito de antigüedad en la flota

03/03/2020 DIARIO DEL PUERTO

La Audiencia Nacional ha querido mantener su posición inicial relegando al Tribunal Supremo la decisión de declarar legal o ilegal el requisito de antigüedad máxima de los vehículos para acceder al sector del transporte, incluido en el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).

Así, a pesar de que la Audiencia Nacional, en su sentencia del 20 de febrero, sí declaraba nulo el requisito de flota mínima existente en la regulación anterior al nuevo ROTT, en esta ocasión no ha querido cuestionar el requisito de antigüedad máxima de los vehículos, pese a que la CNMC así lo había solicitado.

No obstante, ha señalado la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (Fenadismer), “la amenaza de una eventual declaración de ilegalidad de dicho requisito continúa existiendo, como consecuencia del recurso planteado por la CNMC ante el Tribunal Supremo en octubre contra el nuevo ROTT, por considerar la exigencia de poseer un vehículo de transporte con menos de cinco meses de antigüedad para acceder por primera vez al sector innecesario y desproporcionado y considerarlo una clara vulneración de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado”.

Frente a dicha posición defendida por la CNMC, para Fenadismer resulta “imprescindible mantener dicho requisito, ya que la exigencia recogida en el nuevo ROTT de una antigüedad máxima tanto a los que acceden por primera vez como la obligación de rejuvenecer sus vehículos a los que ya operan en el sector y pretender renovar o ampliar su flota, incide de forma muy positiva tanto en la reducción y mejora de los índices de siniestralidad vial que soporta nuestro sector, afortunadamente muy positivos en los últimos años según los datos de la DGT, así como por la contribución a la mejora medioambiental de nuestro entorno en materia de reducción de emisiones, principios ambos que persiguen las políticas europeas en la materia”.

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