El Ministerio de Fomento emplaza a Aeutransmer como parte interesada en el recurso interpuesto por ASTAC CATALUNYA

01/07/2019 AEUTRANSMER

El Ministerio de Fomento emplaza a Aeutransmer para que, si así lo considera, se persone como parte interesada en el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Agrupación Sindical de Transportistas Autónomos de Catalunya (ASTAC CATALUNYA) que tiene como objeto la impugnación de determinados apartados del Real Decreto 70/2019 de 15 de febrero (ROTT). En el oficio no se indican los motivos de la impugnación, y tampoco el Ministerio de Fomento los conoce hasta la fecha pero teniendo en cuenta las noticias aparecidas en prensa parece ser que ASTAC ha recurrido los apartados del Real Decreto que tienen que ver con los estudios mínimos que han de tener los transportistas para acceder a la profesión, así como aquellos relacionados con la antigüedad de los camiones.

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Según nos aclara Luis Alberto García de Rogers&Co, una vez se ha iniciado un procedimiento judicial contencioso-administrativo, la Administración tiene obligación legal de informar de su existencia a todas aquellas personas o entidades (los denominados «interesados») que pueden verse afectados directa o indirectamente por su resultado; con el fin de que, si lo desean, puedan participar en el mismo para hacer valer sus derechos. Se trata de una participación voluntaria, ya que no hay obligación legal de hacerlo.

De participar, los «interesados» sólo pueden intervenir como coadyuvantes de la Administración. Es decir, no pueden apoyar al demandante en sus pretensiones, ni alegar nuevos motivos de impugnación. Sólo pueden apoyar a la Administración en la defensa de la legalidad / corrección del acto administrativo impugnado.

Los «interesados» personados en el procedimiento gozan de los mismos derechos que un demandado. Por tanto, tienen pleno acceso al expediente judicial y pueden oponerse al recurso planteado mediante la presentación de la correspondiente contestación a la demanda.

En el que nos ocupa, al poder afectar el resultado del recurso de ASTAC a los intereses de los cargadores, el Ministerio de Fomento ha informado de su existencia a AEUTRANSMER invitándola a comparecer en el procedimiento judicial como interesada. De querer hacerlo, AEUTRANSMER tendría que defender la corrección del contenido de los apartados del Real Decreto 70/2019 impugnados por ASTAC.

La Asociación tiene un plazo de 9 días hábiles, hasta el 10 de julio, para personarse en el procedimiento, mediante abogado y procurador. Se trata de una mero acto formal de comparecencia ante el Tribunal, en ese momento no hay que contestar al recurso de ASTAC, eso se realizará en un momento posterior del procedimiento una vez el Tribunal Supremo haya aceptado nuestra personación.

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