¿Cuáles son las obligaciones de los cargadores respecto a los nuevos requisitos para los embalajes y estibas de madera que viajan a Canarias?

El 16 de abril de 2019 entra en vigor la Orden APA/1076/2018 por la que se establecen los requisitos fitosanitarios para la importación o entrada de embalajes y estibas de madera en la Comunidad Autónoma de Canarias. La Subdirección General de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal nos ha aclarado varias cuestiones relacionadas con los procedimientos y las inspecciones, de las que extraemos las siguientes:

1º) la exigencia NIMF-15 hace tiempo que es obligatoria para exportar a un tercer país y a ello se suma a partir de ahora Canarias.

2º) El cargador que adquiera directamente los embalajes o estibas de madera, debe asegurarse que la empresa que los fabrica está inscrita en el registro oficial de operadores de madera, que se puede consultar en:

https://www.mapa.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/embalajes-de-madera-nimf-15/listado_empresa_inscritas/ (instalar Silverlight y abrir con Internet Explorer)

3º) Puesto que la Orden entra en vigor el 16 de abril de 2019, nos recomiendan que vayamos comprando ya material de empresas registradas NIMF-15.

4º) En el caso de que no sea el cargador quién introduzca en la cadena de suministro los embalajes y/o estibas de madera, nos aconsejan que enviemos un comunicado a nuestra cadena logística recordándoles que, a partir del 16 de abril de 2019 es obligatoria la utilización de embalajes/estibas de operadores registrados y, en el caso de detectarse un incumplimiento, se bloqueará la mercancía en el puerto.

5º) Las inspecciones de los embalajes/estibas de madera se realizarán junto con las inspecciones de vegetales y productos vegetales que se llevan a cabo de manera aleatoria y consistirán en la comprobación de que la empresa fabricante está incluida en el registro de operadores de madera del Ministerio de Agricultura (el registro mencionado anteriormente).