Un CNTC con incierta fecha de caducidad

07/02/2018 DIARIO DEL PUERTO

El nuevo Comité Nacional de Transporte por Carretera tiene un horizonte de vigencia incierto. En principio ha sido revisado para que, de acuerdo con la normativa en vigor, tenga validez durante los próximos cuatro años, es decir, para el periodo 2018-2021. Ahora bien, está ya muy avanzada la tramitación de la reforma del ROTT, que tiene como fecha más previsible de entrada en vigor el próximo 1 de julio y que precisamente contempla una notable reforma de la metodología de composición del CNTC.

De esta forma, la renovación del Comité va a echar a andar mientras en apenas unos meses su regulación se va a modificar.

Sobre la mesa hay dos opciones: la primera es mantener la vigencia de su renovación acorde con la normativa actual y, por tanto, proceder a su renovación en el momento estipulado, es decir, de cara ya a 2022 y en ese momento con las modificaciones incluidas ahora en el ROTT.

La segunda opción es que el nuevo Comité Nacional que surge de esta renovación tenga una vida muy corta y, en cuanto entre en vigor el ROTT, se inicie el proceso para su nueva constitución de acuerdo con la nueva normativa.

A la espera de la posición final que tome el Ministerio de Fomento, no hay un análisis coincidente en el seno de las patronales de transporte sobre lo que va a suceder.
Según distintas fuentes, lo lógico sería acometer de inmediato la adaptación a la nueva normativa, si bien se destaca que muy probablemente el Comité que ahora surge se mantendrá como tal hasta el final de su mandato en 2021.

A este respecto, no hay que olvidar el gran esfuerzo administrativo que contempla la revisión de todos los datos que aportan las asociaciones para validar su representatividad, estando sobre la mesa qué tiene dejar a un lado todo el trabajo hecho en el último año para volverlo a hacer en apenas unos meses.

Hay que recordar que la reforma del ROTT contempla estructurar el Departamento de Mercancías del CNTC en 4 secciones, en vez de las ocho actuales, que serán: Transporte Nacional, Transporte Internacional, Operadores de Transporte y Centros de Transporte.

Para medir la representatividad en las dos primeras secciones se tendrá en cuenta el número de empresas afiliadas y el número de camiones que poseen. En el caso de los Operadores de Transporte, lo que se valorará es el número de empresas y su número de trabajadores. En cuanto a los Centros de Transporte, sólo se valorará el número de asociados.

Más allá del mínimo de representatividad necesario para optar a formar parte del Comité, que el ROTT deja a criterio del ministro de Fomento, se exigirá tener presencia acreditada en como mínimo cuatro comunidades autónomas para poder estar dentro del CNTC.

A la hora de tomar decisiones, el Departamento de Mercancías constará de 125 votos, correspondiendo 55 a la sección de Transporte Nacional, 45 a Operadores de Transporte, 20 al Transporte Internacional y 5 a los Centros de Transporte.

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