La UE declara ilegal la prohibición de la venta a pérdidas vigente en España

20/10/2017 CINCO DÍAS

El Tribunal de Justicia europeo ha sentenciado este jueves que la prohibición generalizada de la venta a pérdida vigente en España es incompatible con la normativa comunitaria. Los jueces europeos declaran ilegal esa prohibición, lo que obligará al Gobierno a modificar la Ley de Ordenación del Comercio Minorista aprobada en 1996.

España prohíbe de manera general la venta a pérdida como una práctica comercial desleal y no deja margen a los tribunales nacionales para que estudien caso por caso. Pero la venta a pérdida no figura entre las prácticas prohibidas por la Directiva europea de 2005 sobre relaciones de las empresas con los consumidores.

En consecuencia, el Tribunal de la UE dictamina, como ya ha hecho en otros casos similares, que «las normativas nacionales que establecen prohibiciones generales a las ventas con pérdida son contrarias a la Directiva».

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