Madrid flexibiliza los horizontes temporales de las restricciones a la distribución de mercancías

22/08/2017 DIARIO DEL PUERTO

El Ayuntamiento de Madrid presentó ayer la propuesta definitiva de su Plan para la Calidad del Aire y Cambio Climático (Plan A), que a última hora de la tarde estaba previsto que fuera ratificado por el pleno.

En lo relativo a la distribución urbana de mercancías y a las restricciones en lo que se conoce como la “almendra central”, el contenido definitivo del Plan A supone una flexibilización notable con respecto a la propuesta inicial, al establecerse una nueva casuística con horizontes temporales más amplios.

En su inicio, el Ayuntamiento planteaba prohibir la circulación en la “almendra central” de todos los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT (matriculados antes de 2002) a partir de 2019 y de todos los vehículos con distintivo B (matriculados antes de 2014) a partir de 2020.

Ahora bien, ante las presiones de las organizaciones patronales de logística por el gran impacto en la renovación de flota que esta medida comportaba, el definitivo Plan A contiene una flexibilización basada en la ampliación de los horizontes temporales y en la masa máxima autorizada de los vehículos (MMA). Así, el texto definitivo plantea dos niveles: vehículos de hasta 3,5 toneladas de MMA y vehículos de entre 3,5 y 12 t.

Operaciones
Para los vehículos de menos de 3,5 toneladas, se establece que a partir de 2018 sólo podrán operar en horario estándar los que no tienen distintivo y los que poseen el distintivo B y el distintivo C.

A partir de 2020 no podrán operar los que no tienen distintivo y a partir de 2022 dejarán de poder acceder a la “almendra central” los del tipo B.

Para los vehículos de entre 3,5 y 12 t, desde 2018 sólo podrán operar en horario estándar los que no tienen distintivo y los que tienen distintivo B.

A partir de 2023 no podrán acceder los que no tienen distintivo y a partir de 2025 los de distintivo B.

Tanto los vehículos CERO emisiones, como los ECO y los C podrán tener libertad de acceso para la distribución de mercancías en las dos categorías de MMA.
Ahora mismo, el horario de reparto reducido es de 8:00 a 13:00 horas y el horario extendido es de 8:00 a 15:00 horas.

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