La estancia mínima de transportistas desplazados, a discusión

31/05/2017 CdS

La transposición por Real Decreto-Ley de la Directiva sobre trabajadores desplazados, aprobada el 27 de mayo de 2017 y que afectará a las empresas extranjeras deslocalizadas de transporte por carretera en el ámbito del control de las condiciones laborales y de prestación de actividad de sus trabajadores, presenta lagunas a juicio de Fenadismer, que propondrá enmiendas en la tramitación de la nueva normativa.

Su prioridad se centra ahora en la eliminación de la estancia mínima de ocho días de los trabajadores en territorio español, donde la norma transpuesta mantiene vigente la normativa anterior a los efectos de su comunicación a las autoridades laborales por parte de las empresas.

La Federación de transportistas pretende que este periodo acumulado de servicios de transporte realizados en España sea eliminado, de modo que “las empresas de transporte extranjeras notifiquen sus desplazamientos a España desde el primer viaje“, puesto que la situación actual “no facilita el control de las empresas de transporte por parte de la inspección de trabajo”.

El propósito sería que todas las compañías extranjeras que desplacen trabajadores a España notifiquen previamente por medios electrónicos la prestación del servicio, mediante la comunicación de los desplazamientos a la autoridad laboral correspondiente.

La organización propondrá además otras enmiendas a la nueva regulación española sobre desplazamiento de los trabajadores, en el curso del trámite parlamentario del Real Decreto-Ley de transposición de la Directiva.

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