Aprobada una nueva directiva que regula la política y la gestión de la seguridad en la circulación en Renfe

17/10/2016 REVISTA VÍA LIBRE

17-10-2016-aprobada-una-nueva-directiva-que-regula-la-politica-y-la-gestion-de-la-seguridad-en-la-circulacion-en-renfeEs de aplicación a todo el Grupo Renfe, tanto a la entidad pública empresarial como a sus sociedades filiales, a su propio personal y al personal ajeno que realice labores para el Grupo.

La Presidencia del Grupo Renfe ha aprobado una nueva directiva en la que se definen la política de seguridad en la circulación, las responsabilidades y funciones en esta materia, se fijan los criterios de gobernanza y se promueve la cultura de seguridad en las empresas del Grupo. La nueva directiva deroga la Circular de Presidencia nº 1, aprobada en el año 2005.

Desde el 1 de enero de 2014 Renfe Operadora puso en marcha un cambio organizativo en aplicación del Real Decreto Ley 22/2012, y quedó estructurada en forma de grupo empresarial, conformado por cuatro sociedades filiales- Renfe Viajeros, Renfe Mercancías, Renfe Fabricación y Mantenimiento y Renfe Alquiler de Material Ferroviario-, además de la entidad pública empresarial (EPE) Renfe Operadora, matriz del grupo con funciones corporativas y de servicios.

En este sentido, el comité de dirección del Grupo ha determinado adecuar el marco normativo que regula los sistemas de gestión de las sociedades en materia de seguridad en la circulación, precisando las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades que conforman el Grupo empresarial, para cumplir la misión de Renfe de realizar una operación segura de sus trenes.

Además, se crea una autoridad de seguridad del Grupo, con competencias transversales sobre todas las entidades y se fijan los principios, políticas y objetivos por los que se deben regir los sistemas de gestión de las sociedades, así como las personas y departamentos con responsabilidades en seguridad y en gestión de los riesgos ferroviarios.

La nueva directiva define la política de seguridad en la circulación y los principios que deben aplicarse en el conjunto del Grupo Renfe para conseguir una operación ferroviaria segura, establece las funciones y responsabilidades en materia de seguridad en la circulación y fija los criterios de gobernanza, a la vez que promueve una cultura de seguridad en las empresas del Grupo.

La directiva es de aplicación a todo el Grupo Renfe, tanto a la EPE como a sus sociedades filiales, a su propio personal y al personal ajeno que realice labores para el Grupo, en relación al desempeño de las actividades y funciones de seguridad en la circulación que les competan.

Derogada la Circular de Presidencia nº 1 del año 2005
Hasta este momento, los principios y fundamentos de la gestión de la seguridad en Renfe Operadora estaban sancionados en la Circular de Presidencia nº 1, del año 2005, y desarrollados a partir de ella en los Sistemas de Gestión (SGS) de Renfe, que ha quedado derogada.

Como consecuencia del cambio de modelo societario, las responsabilidades en materia de seguridad en la circulación se han debido adaptar a las obligaciones normativas determinadas por la Directiva europea de seguridad ferroviaria 2004/49, el Real Decreto 810/2007 Reglamento de Seguridad en la Circulación, el Reglamento 445/2011, la Orden FOM 2872/2010 y la Orden FOM 233/2006, de aplicación a las empresas ferroviarias, los organismos homologados de formación y reconocimiento médico y a las entidades encargadas de mantenimiento.

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