08/07/2026 TRANSPORTE XXI
Una vez desbloqueada por Bruselas, el sector espera que se agilice el ingreso de la bonificación al carburante por la crisis de Oriente Medio, tres meses después de su aprobación.

El Gobierno aprobó hace más de tres meses el Real Decreto ley 7/2026, de 20 de marzo, con el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. En este Real Decreto se establecieron medidas en materia de transporte terrestre por carretera para contribuir a paliar la situación provocada por el incremento del precio de los carburantes.
En concreto, los artículos 55 y 58 articulaban ayudas extraordinarias y temporales para sufragar el precio del gasóleo consumido por los profesionales del sector. Las medidas permitían abordar directamente una crisis de liquidez inmediata y evitar el abandono de la actividad, estabilizando las condiciones de funcionamiento durante un período de gran volatilidad de los costes, según se afirmaba.
Al cierre de esta edición, más de tres meses después de su aprobación, el sector sigue a la espera de poder ingresar, definitivamente, la bonificación de 20 céntimos de euro por litro de carburante que establecía esa medida.
El gran reto fue conseguir el desbloqueo por parte de la UE a estas ayudas. Finalmente, la Comisión Europea aprobó hace unas fechas la ayuda estatal española por valor de 402 millones de euros a las empresas de transporte por carretera afectadas por la subida de los precios del combustible a causa de la crisis de Oriente Medio.
Bruselas desbloqueaba así la bonificación de 20 céntimos por litro, después de dos meses de paralización por parte de las autoridades europeas. La Comisión dictaminó finalmente que el plan español es “necesario, adecuado y proporcionado” para garantizar la continuidad de una actividad económica estratégica como es el transporte de mercancías y viajeros por carretera, sin alterar de forma negativa la competencia en el mercado común.
Una vez obtenido el desbloqueo de las ayudas por parte de Bruselas, una Orden del Ministerio de Hacienda establecía hace unos días las adaptaciones y concreciones relativas a las ayudas a los sectores del transporte terrestre por carretera, posibilitando de esta manera los pagos. Una vez aprobados, desde el sector se reclama ahora a la Agencia Tributaria que actúe con la máxima rapidez y limpie de retrasos los ingresos en las cuentas bancarias de los afectados.
En todo caso, Fenadismer advierte que debe tenerse en cuenta que la Unión Europea prohíbe dar ayudas a aquellas empresas que tengan pendientes de devolución otras ayudas europeas declaradas ilegales o que estuvieran en crisis económica o situación concursal antes de la crisis. Por ello, las empresas que estén en esta situación tendrán de plazo hasta el próximo 30 de Julio para presentar su Declaración si se encuentran en alguno de estos supuestos.
Para que el abono de las ayudas se produzca de forma segura y cumpliendo con las normas de la Unión Europea, el Ministerio de Hacienda ha establecido condiciones para determinadas empresas de mayor tamaño, para lo que deberán presentar también una Declaración responsable por internet, en este caso antes del 31 de diciembre, cumplimentando un formulario en la sede electrónica de la agencia tributaria para confirmar su situación económica y declarar que el dinero recibido no supera el 70 por ciento del sobrecoste real que han pagado en la gasolinera.
Acelerar las ayudas
El sector ha venido reclamando en los dos últimos meses que se agilicen estas ayudas, acelerando al máximo la gestión y el pago inmediato de los fondos a los transportistas españoles.
Las ayudas se concederán en forma de subvenciones directas. En el caso de los transportistas que pueden acogerse a un régimen existente de devolución del impuesto sobre el gasóleo para profesionales, es decir, el denominado gasóleo profesional, la ayuda puede cubrir hasta el 70 por ciento de los costes adicionales de combustible derivados de la crisis soportados entre el 1 de marzo y el 30 de junio de 2026. Para el resto de los transportistas, la ayuda podrá limitarse a 50 000 euros por empresa o cubrir hasta el 70 por ciento de los costes adicionales de combustible soportados en el citado período.
El régimen de ayudas en España se ha aprobado en virtud del Marco temporal de ayuda en respuesta a la crisis de Oriente Próximo (METSAF), que la CE adoptó el 29 de abril de 2026. El METSAF pretende paliar los efectos de la crisis en aquellos sectores más expuestos de la economía, entre los que se incluye el transporte, amén de otros como la agricultura, la pesca y las industrias de gran consumo de energía. Este marco está disponible hasta el 31 de diciembre de 2026, si bien durante su período de aplicación, Bruselas revisará su contenido, alcance y duración en función de la evolución de la situación en Oriente Medio y de la coyuntura económica general.
En este mismo contexto, el Gobierno español anunciaba también la aprobación del Real Decreto Ley 18/2026, de 29 de junio, que prorroga por tres meses más la bonificación de 20 céntimos por litro en el carburante a los transportistas. Esta ayuda será efectiva hasta el 30 de septiembre.
Paralelamente, el Gobierno ha sustituido la reducción del IVA de los carburantes por un descuento gradual del impuesto especial a todos los consumidores de carburante, que se elevará a 15 céntimos por litro en julio, 10 céntimos por litro en agosto y 5 céntimos por litro en septiembre.