Las importaciones de productos no animales pueden pasar los controles sanitarios antes de llegar a la aduana

17/01/2024 RUTA DEL TRANSPORTE

El Ministerio de Sanidad ha aprobado esta modificación que permite a los servicios de sanidad exterior firmar los documentos sanitarios comunes antes de disponer de una Declaración Sumaria de Depósito Temporal (DSDT) activada.

A partir de este lunes, los servicios de sanidad exterior de toda España pueden aprobar los documentos sanitarios comunes de algunos productos no animales antes de que lleguen al territorio aduanero de la Unión, independientemente del medio de transporte en el que viajen. Y es que el Ministerio de Sanidad ha aprobado una modificación de la legislación que fija los controles sanitarios a productos de comercio exterior destinados a uso y consumo humano.

Los servicios sanitarios requerirán al operador toda la documentación que se considere oportuna «en aquellos casos en los que se sospeche un incumplimiento o un riesgo para la salud pública»

Esta modificación permite a los servicios de sanidad firmar los documentos sanitarios comunes antes de disponer de una Declaración Sumaria de Depósito Temporal (DSDT) activada, sin esperar, por tanto, a que el medio de transporte llegue al territorio aduanero.

Los productos que se pueden beneficiar de esto son los que aparecen en el Anexo I de la Orden de 20 de enero de 1994 del Ministerio de Sanidad y Consumo.

En cualquier caso, el Ministerio avisa que los servicios sanitarios requerirán al operador toda la documentación que se considere oportuna «en aquellos casos en los que se sospeche un incumplimiento o un riesgo para la salud pública con carácter posterior a la firma de los documentos sanitarios comunes».

«Asimismo, siempre que se detecte cualquier práctica por parte de los operadores susceptible de ser fraudulenta o engañosa se determinará si concurren circunstancias que justifiquen la iniciación del correspondiente procedimiento sancionador», ha advertido el Ministerio.

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