13/02/2026 FENADISMER EN CARRETERA
Nuevas restricciones en Cataluña: El calendario de puentes festivos durante 2026 es el motivo por el cual el número de días con restricciones en la AP-7 sube en relación con el año anterior, manteniéndose las limitaciones por la celebración de pruebas deportivas de motor de velocidad y la prohibición de adelantar durante los fines de semana en el tramo entre los kilómetros 111 y 200. Además, hay novedades en transportes especiales, peligrosas y ligeros.
La distribución de los festivos a lo largo del año 2026, con varios puentes, ha supuesto que en la Resolución del Servicio Catalán de Tráfico se hayan incrementado los días con restricciones en el tramo de la AP-7 entre los kilómetros 84,5 (Maçanet) y 281 (L’Hospitalet de l’Infant), acortado el lunes 25 de mayo (del kilómetro 84 al 149, solo en sentido Barcelona) y el domingo 14 de junio (kilómetro 84 al 149, en ambos sentidos).
Además de en Semana Santa, Segunda Pascua (lunes 25 de mayo) y San Juan (martes 23 de junio), se imponen nuevas restricciones en la AP-7:
- el domingo 3 de mayo;
- sábado y domingo 16 y 17 de mayo por MotoGP;
- se repiten en junio por la Fórmula 1 (en las dos pruebas deportivas también hay restricciones en la C-35);
- el 12 de agosto por el eclipse solar;
- en septiembre por La Mercè (miércoles 23, jueves 24 y domingo 27);
- en octubre por El Pilar (viernes 9, sábado 10 y lunes 12);
- y se amplían durante el puente de la Constitución (viernes 5, sábado 5 y martes 8), tres días en los que también hay restricciones en tramos de la A-2, C-31, C-32 y B-23.
Por otra parte, se mantienen la limitaciones durante todos los viernes, domingos y algunos festivos en horario de tarde (de 17 a 22 horas) y sábados en horario de mañana (de 10 a 14 horas), periodos en los que los vehículos pesados y autobuses con MMA igual o superior a 7.500 kilos deberán circular por la derecha, sin posibilidad de adelantar, en la AP-7 entre el km 111 (Sant Celoni) y el km 200 (Vilafranca del Penedès), en ambos sentidos de la marcha; ampliándose el horario el martes 8 de diciembre de 10 a las 22 horas.
Igualmente, se mantienen las restricciones en el tramo de la A-2 entre el km 550 (Igualada) y el km 586 (Martorell), sentido Barcelona durante la temporada de esquí.
Novedad en transportes especiales
En relación con las restricciones para vehículos que circulen en régimen de transporte especial se ha añadido una nueva limitación para los vehículos cuyas dimensiones excedan del ancho del carril; no pueden circular:
- Enlace en Barberà del Vallès: AP-7, de lunes a viernes, de 6 a 10 horas y de 16 a 20 horas, entre los kilómetros 125 y 161,5, en ambos sentidos.
- Tarragona: AP-7, de lunes a viernes, de 6 a 10 horas y de 16 a 20 horas, entre los kilómetros 257 (enlace Vila-seca / Salou) y 281 (L’Hospitalet de l’Infant), en ambos sentidos.
Conjuntos euromodulares
Para 2026, se han integrado en la Resolución las restricciones y las condiciones de circulación que se aprobaron a finales del año pasado para los conjuntos euromodulares, que tienen las siguientes restricciones en el tramo de la autopista AP-7 comprendido entre el km 84,5, en Maçanet de la Selva, y el km 281, en L’Hospitalet de l’Infant:
- Viernes tarde, de 17 a 22 horas.
- Sábados mañana, de 10 a 14 horas.
- Domingos tarde, de 17 a 22 horas.
- Análogamente, también se aplicarán estos horarios en puentes, festivos y vísperas de días festivos.
Mercancías peligrosas
Para los transportes de mercancías peligrosas, en relación con el paso por los túneles, la referencia que hasta el año pasado decía que “la señalización vertical R-108, R-109 o R-110 existente en las vías, salvo en el caso de que sea necesario completar una carga o descarga justificada, debe respetarse siempre. En el caso de túneles restringidos al paso de mercancías peligrosas, no es posible esta excepción”, se ha cambiado por el siguiente texto:
“La señalización vertical R-108, R-109 o R-110 existente en las vías, salvo en el caso de que sea necesario completar una carga o descarga justificada, debe respetarse siempre. De acuerdo con la normativa vigente sobre el transporte de mercancías peligrosas en túneles de carretera, el paso del transporte de mercancías peligrosas quedará limitado o totalmente prohibido según el código del túnel, de acuerdo con las categorías definidas en el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR).”
Vehículos ligeros de mercancías y carriles bus-VAO
Sobre este punto, se ha determinado que los vehículos mixtos adaptables o de transporte de mercancías de hasta 3.500 kilos de MMA o MMC si llevan visible en el cristal delantero, lado derecho inferior, alguno de los distintivos ambientales tipo 0 o ECO que constan en el Registro de vehículos, también pueden utilizar el carril bus-VAO de la C-58CC y de la C-31 norte.
En cambio, la circulación en las calzadas bus de la B-23 entre Sant Feliu de Llobregat y Barcelona solo está permitida a los vehículos destinados al transporte de viajeros dotados de autorización administrativa (con pasaje o de vacío).
Siempre con la salvedad de que los vehículos o conjuntos de vehículos de extinción de incendios, de protección civil, de asistencia sanitaria, de conservación y mantenimiento tanto de la infraestructura vial como de gestión del tráfico y los destinados al auxilio en carretera pueden circular por los carriles bus-VAO.
