
El título II de la ROTT incluye las reglas que marcan la pauta para la colaboración entre las asociaciones de transportistas y usuarios, y la Administración, estableciendo la organización y funcionamiento del Comité Nacional del Transporte por Carretera.
El Real Decreto 1256/2003 de 3 de octubre, determina las autoridades competentes de la administración general del estado en materia de transporte de mercancías peligrosas (MM.PP.) y se regula la Comisión para la coordinación de dicho transporte.
Esta Comisión está estructurada a su vez en cuatro subcomisiones que cubren el transporte de MM.PP. por carretera, ferrocarril, vía marítima y vía aérea.
Por su parte, el Real Decreto 1010/2001 de 14 de septiembre, determina las autoridades competentes en materia de transporte de mercancías perecederas y constituye y regula la Comisión para la coordinación de dicho transporte.