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Asociación de Cargadores y Usuarios del Transporte de Mercancías


Boletín nº 844 - 20 de Marzo de 2020

Inditex pone su capacidad logística al servicio del Gobierno contra el coronavirus

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Evolución Mercancía Cargada
Para el global de los sectores económicos, el miércoles, 18 de marzo reflejó un descenso del 15,18% en comparación con el mismo periodo de 2019.

Esperamos que esta información te resulte de utilidad y agradecemos el esfuerzo y la generosidad de todos los que estáis colaborando . 

Exención Autorizaciones Complementarias de Circulación
En aras de garantizar el suministro y abastecimiento de bienes esenciales en el contexto de esta situación excepcional y con el objetivo de garantizar el transporte de mercancías por carretera, la DGT ha publicado la Instrucción 20/TV-108 que recoge la exención de obtención de autorización a determinados vehículos y sus conjuntos y la extensión de la vigencia de las autorizaciones cuyo plazo finalice durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las operaciones de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, así como de los transportes permitidos en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el MITMA, a través de la Orden TMA/259/2020, ha establecido que:

Se permite que vayan dos chóferes en cabina

En los transportes públicos de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar.
Se permite la apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor
Se permite la apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos de motor, así como los establecimientos de actividades conexas de venta de piezas y accesorios con venta directa a los talleres de reparación, pero sin apertura al público general.

Instrucciones sobre el funcionamiento del Departamento de Aduanas e IIEE durante el periodo que dure el estado de alarma  >> Ver Documento

Garantías
En relación con las garantías de comercio exterior y de IIEE, no será requisito necesario que el operador aporte el documento original en que se constituya la garantía (avales o certificados de seguro de caución) para su admisión y alta en el sistema informático, sin perjuicio de que se efectúen las oportunas comprobaciones sobre el documento escaneado aportado. Una vez finalice el estado de alarma, se requerirán los originales que aún sigan surtiendo efectos. Por lo que respecta a las devoluciones de garantías, si no es posible su devolución física se notificará al interesado por vía telemática su cancelación, pero la garantía quedará en poder de la Administración en tanto se mantenga el Estado de Alarma. Por lo que respecta a los depósitos en la Caja General de Depósitos, se pueden seguir tramitando de forma telemática.

Firma de EUR-1
La situación excepcional derivada de la declaración de estado de alarma determina que se proceda a emitir los EUR1 a posteriori.

Cuadernos ATA
Cuando no sea posible sellar físicamente los cuadernos ATA, se remitirá una copia del mismo por vía telemática, procediendo la aduana, tras realizar las comprobaciones que estime oportunas, a emitir un justificante de presentación por vía telemática (con CSV para que pueda ser verificado por las autoridades de otros países), incluyendo todos los detalles relevantes y haciendo mención al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Precintado en tránsito
Conforme a lo previsto en el artículo 302.1 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión, y sin perjuicio del control a posteriori que proceda conforme al artículo 48 del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el Código Aduanero de la Unión, el precintado de las mercancías se podrá sustituir por una descripción de las mercancías suficientemente precisa como para permitir su fácil identificación y se especifique la cantidad y naturaleza de las mercancías, así como sus características particulares. 

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Puertos del Estado recopila todo el soporte normativo vigente para aplicar ayudas a la comunidad portuaria por el COVID-19

20/03/2020 PUERTOS DEL ESTADO PE ha realizado un potente documento, en línea con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), que servirá a las autoridades portuarias de guía para aplicar diferentes tipos de ayudas a toda la comunidad portuaria (trabajadores públicos, empresas concesionarias y operadores) como consecuencia de las acciones de contención del COVID-19 decretadas por el Gobierno de España. 

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Las terminales ferroviarias se preparan para acoger en depósito el repunte de la import

20/03/2020 DIARIO DEL PUERTO El transporte por ferrocarril y las terminales ferroviarias interiores son un buen ejemplo para constatar la endiabla sucesión de retos logísticos que está planteando la crisis del coronavirus, totalmente diferentes según los días y las semanas.

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Insolidaridad francesa: mantiene las restricciones a los camiones

20/03/2020 REVISTA TRANSPORTE 3 A pesar de las recomendaciones y directrices formuladas por la Comisión Europea, instando a los Estados Miembros a facilitar y garantizar la libertad de circulación de mercancías para asegurar el adecuado suministro de bienes de primera necesidad así como de bienes esenciales para centros sanitarios y de emergencia, [...]

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Nuevas restricciones en los puertos chinos

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El coste del flete del contenedor entre EE.UU, Europa y Asia marca una subida del 6,8 %

El coste de los fletes desde Shanghái baja un 1,5 %

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