Nueva exigencia para los recintos isotermos de más de 21 años

23/05/2023 TRANSPORTE PROFESIONAL

El Boletín Oficial del Estado ha publicado las nuevas obligaciones para la renovación del certificado de conformidad de los vehículos isotermos de más de 15 años y menos de 21.

Una modificación de la disposición transitoria primera de la Orden ICT/370/2021, de 14 de abril, por la que se modifican los anejos del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, que establece las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones exige que las unidades en servicio con antigüedad superior a 15 años e inferior a 21 en la fecha de entrada en vigor de esta orden, deberán someterse a un ensayo de verificación del coeficiente global de transmisión térmica K en una estación de ensayos cuando alcance una antigüedad de 21 años desde la fecha de fabricación del recinto isotermo, para renovar el correspondiente certificado de conformidad.

Los certificados de dichas unidades deben de tener una validez máxima que corresponda a los 21 años desde la fecha de fabricación del recinto isotermo.

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