16/03/2020 MITMA. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, no incorpora ninguna limitación a la actividad del transporte, la logística y la paquetería.
De hecho, el transporte de mercancías se encuentra entre los sectores esenciales necesarios para garantizar el abastecimiento de la población (art.18.2).
Respecto al comercio internacional, se garantiza el tránsito aduanero (art.16).