El transporte comienza a reclamar las cotizaciones indebidas al Estado

14/04/2016 EL VIGÍA

Los transportistas ya han comenzado a solicitar a la Seguridad Social la devolución de los ingresos indebidos en la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los conductores asalariados. Hasta la fecha, Astic ha gestionado las solicitudes de 79 empresas y Fenadismer de 400, aunque sus estimaciones son superar, a través de sus agrupaciones territoriales, las 1.500. Por su parte, CETM confirma la actividad e interés que ha despertado el servicio habilitado a tal efecto entre sus miembros, pero ha optado por no concretar el volumen de solicitudes que tramita.

Las demandas para la devolución de los ingresos cobrados de manera indebida también pueden tramitarse de manera independiente a los servicios ofrecidos por las organizaciones del sector. La abogada especialista en transporte de Tugesto, Lidón Serra, confirma que la mayor movilización procede, por el momento, de las grandes y medianas empresas de transporte, mientras que en el caso de empresas de menos de diez trabajadores existen más retrasos. “Los pequeños empresarios empiezan ahora a conocer la posibilidad de solicitar la devolución, por lo que prevemos que el número de solicitudes continúe aumentando”, apunta la experta.

Astic estima que las reclamaciones podrían oscilar entre 45 y 50 euros por conductor y mes, por lo que la media por empresa, entre sus asociados, podría ser de 133.000 euros, más los intereses correspondientes. En el caso de Fenadismer, que tiene una representación media de cuatro vehículos por empresa, la cuantía media que se está reclamando alcanza los 10.000 euros, más intereses.

Hasta el 31 de diciembre de 2015, las empresas de transporte de mercancías estuvieron cotizando en exceso en concepto de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, ya que lo hicieron a un 6,7% en lugar de a un 3,7%. Por esta razón, tras el cambio de criterio en la cotización aceptado por el Gobierno en la última ley de Presupuestos Generales del Estado, los transportistas pueden solicitar la devolución de esos ingresos indebidos durante los últimos cuatro años. No obstante, cada mes que transcurre queda prescrito el correspondiente mes de hace cuatro años.

La Administración tiene un plazo de seis meses para contestar a las solicitudes de devolución recibidas, entendiéndose desestimadas las mismas, por silencio administrativo negativo, en caso de que no se produzca tal contestación. Frente a la resolución que se dicte, de no ser estimatoria, cabría presentar el correspondiente recurso administrativo, que una vez resuelto permitirá acudir a la vía contencionso-administrativa en caso de ser rechazada la pretensión de devolución. Como apunta CETM, “a la vista de las sentencias de los tribunales que se han ocupado de esta cuestión, consideramos que la Administración debería estimar las solicitudes, pero es algo para lo que tenemos que esperar todavía un tiempo”.

Las propias asociaciones de transporte confirman que, en muchos casos, los transportistas son inicialmente reacios a presentar reclamaciones de devolución de ingresos contra la Administración por el temor a que sean sometidos a una posterior represalia vía inspectora. Aun así, el éxito en la gestión del céntimo sanitario está animando a muchos transportistas a reclamar. El secretario general de Fenadismer, Juan José Gil, reconoce que, en estos momentos, es difícil saber cuándo se podrá obtener la devolución, ya que dependerá de la decisión que adopte la Administración. Así, el trámite de devolución se podría producir en este mismo ejercicio o, por el contrario, tener que esperar a obtener un pronunciamiento judicial, lo que supondría varios años de retraso. En tal caso, a los ingresos indebidos habría que sumar los intereses de demora.

Por el momento, la Administración, como confirma la abogada de Tugesto, Lidón Serra, está aceptando todas las solicitudes de devolución de ingresos indebidos remitidas por asociaciones y empresas. Al tratarse de un proceso reciente y sobre el que se prevé un elevado número de reclamaciones, no existen solicitudes resueltas todavía. La experta confirma que, normalmente, la Tesorería General de la Seguridad Social tarda unos 30 días en resolver una solicitud. No obstante, en este caso, al tratarse de una situación excepcional, los expertos estiman que se demorará más, ya que el número de solicitudes es muy alto, se resuelve en las administraciones provinciales y habrá una resolución por cada trabajador.

Justificar el abono de las cuotas por accidente de trabajo

La única documentación necesaria para presentar la reclamación es el formulario de solicitud de ingresos indebidos en la que figuran los datos identificativos de la empresa y la cuenta bancaria donde se desea recibir la devolución. Además, se debe adjuntar la documentación que justifica haber abonado las cuotas, así como un escrito explicativo que fundamente la reclamación.

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